Responsabilidad del arquitecto en una legalizacion • 12.12.08
Cuando un arquitecto se encuentra que ha de redactar un expediente de legalización,… ¿hasta dónde llega su responsabilidad ante una posible demanda? Cuando es la legalización de un edificio que tiene más de 10 años de antigüedad por ejemplo, y en estas condiciones el colegio de arquitectos, no te pide que para visar el proyecto, en la memoria del expediente de legalización justifiques como arquitecto que cumple con la normativa vigente, sino que con un certificado de solidez de la edificación y la justificación de cuando va ser edificado el edificio en cuestión, ya basta… si después te demandan por alguna irregularidad constructiva… ¿hasta dónde llega tu responsabilidad como arquitecto? Se aplica la responsabilidad decenal como si hubiéramos hecho una obra nueva?
Quiero compartir aquí la sentencia que me ha hecho llegar Miriam Calvo, del equipo de la Asesoría Jurídica del Colegio de Arquitectos, siempre tanto eficiente y diligente.
Para acceder a la sentencia completa haced clic sobre la imagen siguiente:
donde el arquitecto sale finalmente absuelto de la demanda sobre deficiencias de una vivienda de la cual habia realizado el expediente para su legalizacion.
Ir a Version Original en catalan en el Bloc de Jordi Rius Bonjorn. Arquitecto.
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